06 Abr Una Segunda Oportunidad…
“Quiero rendir homenaje a los hombres y mujeres que empezaron a vivir su juventud en los años treinta; y en especial, a los que aún están aquí, dándonos ejemplo de esperanza, amor, entusiasmo, coraje y fe en la vida. A esa generación interrumpida, gracias”.
Se trata de la dedicatoria con la que José Luis Garci finaliza la galardonada Volver a empezar; frase que en el contexto de crisis sanitaria que nos ha tocado vivir, se hace estremecedora y desgarradoramente acertada, si pensamos en el colectivo más vulnerable a la pandemia en nuestro país, nuestros mayores. Esa generación interrumpida que sufrió, y superó, una Guerra Civil, y que ahora el sistema no es capaz de proteger como merece…
Hoy he tenido la oportunidad de leer el artículo de Alberto Ortín en el medio digital vozpopuli.com, que titula “Los expertos temen que los concursos de autónomos colapsen los juzgados” (desde este enlace se puede acceder al mismo).
En él, Ortín se hace eco de la opinión de diversos profesionales del Derecho Concursal, alguno de ellos al frente de colectivos que aglutinan a parte de este sector de actividad, en relación con el previsible escenario que se presenta para no pocos autónomos cuando la prioridad deje de ser esquivar al COVID-19, y se convierta en esquivar la quiebra.
Siendo una incógnita el momento en el que esto se produzca, los expertos sí coinciden en cuanto a la previsible avalancha de solicitudes de concurso, que puede colapsar los juzgados del país en los que deban tramitarse estos procedimientos.
Ya antes de la pandemia, el número de concursos de personas físicas se había disparado en España, con un cóctel propicio para ello: (I) Una legislación en muchos casos beneficiosa para el insolvente: la conocida como Segunda Oportunidad, en realidad una reforma dada en 2015 a la Ley Concursal que abría la puerta a un nuevo escenario en el caso de particulares (y que ya existía en numerosos países de nuestro entorno), la exoneración de deudas, discharge o fresh start (“borrón y cuenta nueva”, en lenguaje castizo); y (II) el habitual sobreendeudamiento con créditos al consumo, fáciles de lograr, pero a veces más complicados de amortizar…
Acertada afirmación de uno de los profesionales consultados: quien no puede pagar sus deudas, está obligado a declararse en concurso de acreedores; y no solo las personas jurídicas deben cumplir con tal obligación: también los particulares.
Ahora bien: antes de tomar la decisión, es muy aconsejable evaluar todas las vías que la legislación mercantil permite. Es cierto que Todos los caminos llevan a Roma; pero siempre será mejor tomar el bueno, para Volver a empezar cuanto antes, y en las mejores condiciones…
Feliz Lunes Santo.
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