Beneficios de la auditoría de cuentas anuales voluntaria

La certificación de terceros como seña de identidad

 Xxx, S.L.: empresa certificada ISO 9001:2015. Nuestro objetivo: Calidad Total. Proximidad, procesos, revisión y mejora continua…

 Yyy, S.A. recibe la certificación integrada en salud, prevención y medioambiente…

 Zzz, S.A., empresa pionera certificada por AENOR con los estándares antisoborno y compliance penal…

 Ñnn, S.A. ya dispone de la nueva certificación en Responsabilidad Social Corporativa…

 

Al margen del evidente cambio en las denominaciones sociales, las frases anteriores se pueden obtener tal cual de una simple búsqueda en Internet.

Algunos logros se incluyen directamente en la web del negocio; otros, se anuncian a bombo y platillo en medios de información.

Al margen del cumplimiento de obligaciones legales, o de tratar de evitar males mayores en el futuro ante determinadas circunstancias, todas estas acreditaciones son blandidas por la organización como señas de identidad, tarjetas de visita ante sus clientes (tanto actuales, como potenciales) que tratan de certificar la excelencia en lo que hacen: la calidad total en los procesos, a través de la revisión y mejora continua de los mismos; el compromiso con la legalidad y las buenas prácticas del sector en el que opera; la preocupación por la salud y seguridad de su plantilla; el compromiso ético con la mejora de la calidad de vida de sus integrantes, las comunidades en las que opera y la sociedad en su conjunto…

¿Alguien ha leído en alguna web de empresa “Ppp, S.A. somete a auditoría sus cuentas anuales”? ¿Alguna empresa publica en su página web  “nuestro auditor emite una opinión favorable sobre nuestras cuentas anuales del ejercicio”? Cosas más raras se han visto…

 

La infravaloración del informe de auditoría

El problema es que, por desgracia en nuestro país, la auditoría de cuentas anuales es habitualmente identificada con una obligación legal. Asimismo, el trabajo del auditor de cuentas ha contado con mayor eco mediático cuando ha venido asociado a algún escándalo financiero con la supuesta connivencia del profesional firmante; lo que en los últimos años (todo hay que decirlo), ha tenido lugar más de lo deseable.

Al margen de lo anterior (en todas partes cuecen habas), el informe de auditoría de cuentas anuales debe potenciarse como otro certificado de la excelencia en una organización empresarial; y, sin menospreciar al resto, y atendiendo a lo que implica una opinión favorable del auditor, se puede afirmar que no es uno más: acredita que las cuentas anuales de la sociedad expresan, en todos los aspectos significativos, la imagen fiel de su patrimonio, situación financiera y resultados de acuerdo con la legislación aplicable.

Y es que a través del obligatorio depósito de las cuentas anuales de las empresas en el Registro Mercantil correspondiente, éstas informan de la marcha de su actividad al resto de operadores económicos; así, cualquier interesado puede conocer, en base a unos formatos preestablecidos, la situación económica y financiera de la sociedad, y el resultado de sus operaciones en el ejercicio anterior. Por tanto, ¿qué mejor garantía que dicha información a terceros venga acompañada de un certificado de excelencia financiera, que garantice al lector que lo que tiene en sus manos sobre una determinada mercantil es un reflejo fiel de la realidad?

 

La auditoría voluntaria: certificado de excelencia financiera

Tal y como publicó recientemente El País en su versión digital, un estudio de la Universidad de Cantabria concluye que, en el actual contexto de crisis sanitaria y económica originada por la Covid-19, las pymes auditadas logran mejores resultados en sus gestiones de financiación: más capital, y mejores condiciones. Y evidentemente ello redunda en mayores garantías para asegurar su supervivencia en tiempos turbulentos como los actuales.

Esto es un claro ejemplo de, como se predica desde el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, lo fundamental que puede llegar a ser la auditoría de cuentas para una empresa, y del valor añadido para la organización del trabajo del auditor, más allá de la revisión de los estados financieros.

Evidentemente, en este caso las entidades financieras también se benefician de este valor añadido: la información financiera evaluada les ofrece mayores garantías de fiabilidad e integridad, y por lo tanto disminuyen los riesgos de morosidad de las operaciones contratadas.

Las entidades financieras son actores importantes en el ámbito empresarial, pero el trabajo del auditor de cuentas también es útil para el resto de operadores, como proveedores, clientes, organismos públicos, los propios empleados de la entidad; también para otras organizaciones interesadas en colaborar con la sociedad auditada, o incluso en adquirir el negocio.

En términos generales, una entidad no estará obligada a auditarse mientras durante dos años consecutivos no cumpla dos de las tres condiciones siguientes: que el total de sus activos supere los 2.850.000 euros; que el importe neto de su cifra de negocio supere los 5.700.000 euros; y que el número medio de empleados en el ejercicio supere los 50.

En caso de que la compañía decida someter a auditoría de forma voluntaria sus cuentas anuales, bastará con que así lo decida el órgano de administración, y por tanto no es necesario que la decisión sea sometida a la aprobación de la junta de socios. No obstante, se estima conveniente inscribir el nombramiento del auditor en el Registro Mercantil correspondiente, dotando de total transparencia al acuerdo adoptado, y evitando además hipotéticos conflictos societarios.

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